La restricciones que dispone Danilo en el nuevo estado de emergencia en RD

La restricciones que dispone Danilo en el nuevo estado de emergencia en RD
La restricciones que dispone Danilo en el nuevo estado de emergencia en RD

El presidente Danilo Medina informó que el Decreto 266-20 emitido este lunes establece el toque de queda de lunes a viernes iniciará a las 7:00 de la noche, hasta las a 5:00 de la mañana y los sábados y domingos será desde las 5:00 de la tarde hasta las 5:00 de la mañana en Santo Domingo, Distrito Nacional, Santiago y San Cristóbal.

Además y con el mismo horario: La Vega, Puerto Plata, Duarte, San Pedro de Macorís, La Romana, San Juan de la Maguana, La Altagracia, Azua, Monseñor Nouel, Sánchez Ramírez y María Trinidad Sánchez.

En tanto, se establece toque de queda todos los días de la semana de 8:00 de la noche a 5:00 de la mañana en las siguientes demarcaciones geográficas: Espaillat, Peravia, Barahona, Monte Plata , Valverde, Hermanas Mirabal, Monte Cristi, Samaná, Bahoruco, Hato Mayor y El Seibo.

También para, Dajabón, Santiago Rodríguez, San José de Ocoa, Elías Piña, Independencia y Pedernales.

El toque de queda entrará en vigencia a partir del próximo martes 21 de julio, por un período de 20 días, a cuyo término se revisará en función de la evolución epidemiológica del COVID-19 en el país.

Se ratifica el uso obligatorio de mascarilla en lugares públicos y en lugares privados de uso público como medida esencial para controlar la propagación del COVID-19 cuyo incumplimiento será sancionado con las disposiciones que establece la Ley núm. 42-01. General de Salud.

Se recuerda que las medidas serán a lo interno, pues el gobierno no contempla cerrar las fronteras; el turismo seguirá su curso y las demás actividades económicas seguirán operando, según la Comisión de Alto Nivel para la Prevención y el Control del Coronavirus.

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