La República Dominicana cambió el mes pasado sus normas migratorias con relación a los cubanos, quienes ahora pueden ingresar en condición de tránsito sin tener un visado emitido por el país, pero sí deberán poseer uno de la nación de destino final.
“Lo anterior será aplicable solamente para aquellos ciudadanos que hayan salido de la República de Cuba y tuviesen a la República Dominicana como país de tránsito o transbordo”, se indicó en la resolución 9 de la Dirección General de Migración (DGM).
Esta medida entró en vigencia a partir del 12 de mayo y deroga la decisión pasada que pedía a los cubanos en condición tránsito poseer una residencia, ciudadanía o un visado múltiple de Estados Unidos, Canadá, Gran Bretaña, de los países de la Unión Europea y de los Estados miembros del espacio Schengen o de la misma República Dominicana.