De la Reforma fiscal y el sector turismo

De la Reforma fiscal y el sector turismo
De la Reforma fiscal y el sector turismo

Recientemente leí unas declaraciones del reputado economista y mejor persona, Isidoro Santana. Esperaba la versión oficial del proyecto de reforma fiscal antes de emitir una opinión sobre la misma, sin embargo, me pareció que el momento es propicio para exponer algunas ideas en relación con una posible modificación a la Ley 158-01 del 9 de octubre del 2001 sobre Fomento del Desarrollo Turístico, mejor conocida como «la Ley del CONFOTUR».

Pienso, y así lo he expuesto a clientes y amigos que, preocupados por una enmienda a la ley han querido iniciar una discusión sobre el tema, lo siguiente:

-La ley es del año 2001 y su última modificación se efectuó en diciembre del 2013. El gobierno tiene la potestad de revisar si la letra y el espíritu de la ley corresponde a las políticas públicas que impulsará la administración Abinader en los próximos 4 años

-La ley es del año 2001 y su última modificación se efectuó en diciembre del 2013. El gobierno tiene la potestad de revisar si la letra y el espíritu de la ley corresponde a las políticas públicas que impulsará la administración Abinader en los próximos 4 años.

-La ley 158-01 era para el fomento de «polos de escaso desarrollo y nuevos polos en provincias y localidades de gran potencialidad». Dejó fuera al Distrito Nacional y a la provincia de Puerto Plata bajo el alegato de que habían sido los grandes beneficiarios de los incentivos fiscales previstos en la ley 153 del 1971, derogados en 1992.

-La modificación de diciembre de 2013 extendió los incentivos fiscales al territorio nacional, el periodo de exención fiscal de 10 años a 15 años y tan importante como lo anterior, estableció que, las instalaciones hoteleras, resort y/o complejos hoteleros en las estructuras existentes que tengan un mínimo de quince (15) años de construidas que se sometan a un proceso de reconstrucción o remodelación que sobrepase el cincuenta por ciento de sus instalaciones y cuyo destino final sea instalaciones hoteleras, se beneficiarán del cien por ciento del régimen de exención, según el Art.4 de la ley.

-Demás está decir que la ley ha sido de gran beneficio para la República Dominicana al fomentar la construcción de una infraestructura hotelera y de oferta turística complementaria para el siglo XXI, que ha colocado al país en una posición cimera en la generación de inversión extranjera directa, empleos y divisas en Latinoamérica, ya no solo en Centroamérica y el Caribe.

-El turismo ha sido nuestro principal producto de exportación sin derivar en mayores costos asociados a la misma, representado un 13.8% del PIB en el 2023, según la WTTC con sede en Londres. Ha servido para apuntalar la competitividad del país como destino turístico en el entorno global.

-Por demás, ha permitido el desarrollo de nuevos polos como se preveía en la ley original, siendo ejemplo de esto Miches, que contará en los próximos 24 meses con 2,500 habitaciones hoteleras que generarán más de 17,000 empleos directos y la consecuente derrama de divisas para una población empobrecida. La participación de marcas como Marriott, Hilton, Four Seasons asegura que Miches tendrá presencia a escala internacional.

De acuerdo al comentario principal del economista Santana, «el turismo lo que necesita es un Estado que garantice seguridad, infraestructura y condiciones adecuadas para recibir las visitas». Absolutamente cierto hoy y en el 2001. Sin eso no hay turismo aquí ni allá. Pero solo con eso no hay turismo. Fue precisamente la ausencia marcada de esos factores lo que dio lugar a la promulgación de la ley 158-01. Al sector privado correspondió suplir con sus inversiones, en la mayoría de los casos y por muchos años, esas falencias existentes.

Ahora que hemos contado con gobiernos que han entendido las bondades de la industria turística y apostado a la misma, con resultados tan exitosos como los logrados durante y pospandemia, el sector turístico, por sus encadenamientos con los demás sectores, el que dinamizo la economía nacional. La pregunta es: ¿Por qué cambiar un modelo exitoso de crecimiento y progreso, copiado por nuestros pares en al menos ocho países? ¿Quién cambia lo bueno cuando lo mejor asoma? De vuelta a mi planteamiento inicial, ¿cuáles serán las políticas públicas para el sector turístico que impulsara la administración Abinader en los próximos cuatro años?

Concluyo con estas ideas:

  1. La ley158-01 no requiere de muchas modificaciones, excepto de una gerencia puntual que excluya proyectos no amparados por la legislación, como los netamente inmobiliarios sin componentes hoteleros u ofertas turísticas complementarias. Para estos no hace falta incentivos, y mucho menos por 15 años. Tampoco lo necesitan aeropuertos; o proyectos que ya recibieron quince años de incentivos con paupérrimos resultados, pero los reempacan y presentan nueva vez.
  2. Sin incentivos fiscales será muy difícil la inversión del sector privado en proyectos turísticos como el de Pedernales y el de Bergantín pese a que el Estado proporciona la infraestructura básica de los mismos. El dinero suele irse donde el riesgo es menor y las posibilidades de éxito, mayores.
  1. Las plataformas digitales de hospedaje han traído «nuevos inversionistas» al sector turismo que en nuestro país no están regulados. No pagan ITBIS ni ISR y operan mayormente de manera informal, supongo que permitidos bajo el alegato de que generan empleos y divisas. Sus beneficios para el Estado son muy limitados en comparación con la industria hotelera. Causan perjuicios que aparecen frecuentemente en las noticias de las grandes capitales. En una reforma fiscal esto debe ser tocado buscando que se adhieran a la formalidad y compitan en un entorno de igualdad.

Pero creo que puedo afirmar: Continuará.